Telecomunicaciones: suspenden DNU que las declaró servicio público
Telecomunicaciones: suspenden DNU que las declaró servicio público
👉Mediante un fallo de la Cámara Contencioso Administrativo Federal, que revocar un fallo de primera instancia a favor de una empresa
La Sala I de la Cámara Contencioso Administrativo Federal falló en contra del Decreto de Necesidad y Urgencia que declaró servicios públicos esenciales a los servicios de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC).
Lo hizo al revocar el pronunciamiento de primera instancia e hizo lugar a la medida cautelar pretendida por la empresa Telefónica S.A, con miras a suspender los efectos del DNU 690/2020.
Con el voto mayoritario de los jueces, Liliana María Heiland y Rodolfo Eduardo Facio, se dispuso la suspensión de los efectos de los artículos 1º, 2º, 3º, 5º, y 6º del DNU 690/2020 y de las resoluciones 1466/2020, 203/2021 y 204/2021, emitidas por el Ente Nacional de Comunicaciones, ello por el plazo de seis 6 meses o hasta el dictado de la sentencia definitiva.
Cabe aclarar que, en primera instancia, la jueza María Alejandra Biotti señaló que no se cumplía con la acreditación de la existencia de un daño que pudiera producirse durante el transcurso de la causa que torne la decisión a tomar como de imposible cumplimiento, por lo que no considera cumplido el peligro en la demora. Asimismo había agregado que, el asunto excede ostensiblemente el instituto cautelar, ya que las cuestiones planteadas (inconstitucionalidad y arbitrariedad) importaría necesariamente avanzar sobre la cuestión de fondo.
Ahora, la Cámara revocó esa decisión al interpretar que se encuentra configurada “la verosimilitud en el derecho y la verosimilitud de la ilegitimidad, por existir indicios serios y graves al respecto en tanto no se hallarían satisfechos los recaudos para el dictado del decreto de necesidad y urgencia 690/2020”.
Agencias y medios digitales
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